Con el fin de poner al país
a la altura del estándar internacional en la materia, la Superintendencia de
Industria y Comercio propuso para aumentar la proporción de multas por atentar
contra la libre competencia. La
iniciativa, que desde agosto de 2015 hace trámite en el Congreso de la
República, pretende que en Colombia se aplique el modelo internacional que
establece sanciones sobre porcentaje de utilidades, ventas o patrimonio para
las empresas que atenten contra la libre competencia y abusen del consumidor[1].
La libre competencia, uno de los principios pilares del capitalismo, se
puede entender como el conjunto de esfuerzos que desarrollan las empresas (agentes
económicos) que, actuando independientemente, rivalizan buscando la
participación efectiva de sus bienes y servicios en un mercado determinado. La
Constitución Nacional establece el principio de libre competencia como un
derecho radicado en cabeza de todos los ciudadanos que supone responsabilidades
y está sometido a los límites que establezca la ley.
El artículo 333 de la Constitución Nacional establece los principios de
libertad de empresa, libre competencia y libertad económica. "La actividad
económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien
común. Nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de
la ley. La libre competencia es un derecho de todos que supone
responsabilidades. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función
social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones
solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. El Estado, por mandato de la
ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará o
controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición
dominante en el mercado nacional”. Agrega que "la ley delimitará el
alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social, el
ambiente y el patrimonio cultural de la nación."
Es plausible esta iniciativa para endurecer las multas, que desde hace
algunos años -hay que reconocerlo- son cuantiosas en Colombia. Es decir, la
Superintendencia de Industria y Comercio ya tiene dientes, pero este ente de
vigilancia y control quiere más dientes.
Casos recientes como con los del papel higiénico, los cuadernos y el
azúcar -por mencionar algunos- en los que se ven involucradas grandes compañías
que parecieran intocables, solo son producto del cumplimiento de la misión de
la entidad y del acatamiento de lo estipulado en la Constitución Política de
Colombia y la nueva normatividad existente en el país para proteger al
consumidor[2].
Pablo Felipe Robledo del Castillo[3]
entendió que la Constitución es aplicable a todos y que la ley no es solamente ´para los de ruana´. Por eso, como en
ninguna otra época, la superintendencia ha sido protagonista, al adelantar
investigaciones impensadas en otros tiempos. Dichas investigaciones ponen en
entredicho a grandes empresas -incluyendo a
poderosas multinacionales que antes eran intocables- pues, más allá de
lo que arrojen las pesquisas sobre su culpabilidad o no, podrían verse
afectadas en su imagen corporativa por el sólo hecho del anuncio de la apertura
de las investigaciones.
Azúcar, cuadernos y papel higiénico
La gestión de Robledo no solo será
recordada por la multa de $320.000 millones que, en primera instancia, le
impuso a 12 ingenios azucareros, sino por haberle puesto la lupa a los acuerdos
anticompetitivos y a la cartelización en el sector empresarial, como es el caso
de los productores de papel higiénico y
los fabricantes de cuadernos.
En el caso del papel higiénico, durante más de 14 años
cinco empresas manipularon los precios de este producto básico de la canasta
familiar[4].
La Superintendencia de Industria y Comercio imputó pliego de cargos a las
reconocidas empresas Productos Familia, Kimberly, Papeles Nacionales, Drypers y
Papeles de Risaralda. Si una de esas empresas resulta culpable tendrá que pagar
hasta $60.000 millones, mientras que las personas responsables deberán cancelar
de su bolsillo unos $1.200 millones.
Entre tanto, el cartel de los fabricantes de cuadernos
operó desde 2001 hasta 2014, e involucraba a marcas
como Norma, Scribe y Kiut, de la colombiana Carvajal y las extranjeras Kimberly
y Scribe. Sólo Carvajal y Scribe acaparan el 61,7% del mercado de cuadernos en
el país, según la SIC, y facturaban a 2014 más de $1.4 billones de pesos al
año.
Las multas para las empresas, en caso de encontrarlas responsables,
pueden ascender hasta los $68.945 millones (100.000 salarios mínimos) y, a su
vez, las personas naturales podrán ser multadas en su conjunto con hasta $1.379 millones (2.000 salarios mínimos). Actualmente
corren los 20 días hábiles para que los investigados presenten sus descargos.
Luego, se convocará al Consejo Asesor de Competencia que emitirá su
recomendación al superintendente, quien tomará la última decisión.
Millonarias multas
De concretarse esas millonarias sanciones, elevarían la
cifra récord de la entidad en este aspecto. Y es que la Superintendencia de
Industria y Comercio, en sólo sanciones económicas ha impuesto cerca de $200.000
millones, la más alta cifra en la historia de la entidad.
Son muchas las empresas, nacionales y extranjeras
objeto de onerosas multas por incumplimiento de la normatividad vigente en
Colombia. Sobre Comcel recayó una multa de $87.750 millones por abuso de
posición dominante; al Grupo Nule una de $32.420 millones por acuerdo indebido
en contratación pública; y la Empresa de Energía de Boyacá -también por abuso
de posición dominante- fue sancionada con $4.754 millones, para sólo mencionar
los casos más notorios.
Además al multimillonario mejicano Carlos Slim (y su
empresa Telmex), por incumplir condiciones fijadas en la autorización de una
integración empresarial, le ha tocado pagar $10.767 millones. Igualmente, la
SIC intervino en el caso de la constructora antioqueña CDO -del ex gobernador
Alvaro Villegas Moreno- y en
sentencia judicial ordena a la sociedad Alsacia (integrante del Grupo
Empresarial CDO), reembolsar a 64 propietarios de apartamentos del edificio Continental
Towers de Medellín, más de $13.380 millones equivalentes al 100% del valor
global pagado por los inmuebles más la indexación correspondiente.
Todas estas acciones dan cuenta de la muy buena labor
de la Superintendencia no solo para proteger la libre competencia, sino también
para poner en vigor todo el desarrollo
normativo existente en Colombia para proteger al consumidor y que regula las
relaciones de consumo que nacen en la cadena de comercialización de bienes y
servicios entre productores, proveedores y expendedores. Aquí se incluyen,
entre otros aspectos el manejo de
información personal (Habeas Data), fallas en un producto o de baja calidad,
problemas en la prestación de un servicio, información engañosa, incumplimiento
de incentivos ofrecidos, financiación de compras e inconvenientes con el precio
de un producto o el pago de un servicio[5].
Dichas acciones ponen de relieve también que con un superintendente como Pablo
Felipe Robledo, los colombianos sienten alivio de que por fin alguien ha salido
en su defensa de una manera seria y contundente.
[1] En la mayoría de los países europeos las multas
alcanzan el 10% sobre ingresos o ganancias de las empresas.
[2]
Desde el 12 de abril de 2012, la Ley 1480 por la cual
se expide el Estatuto del Consumidor, se ha convertido en la principal ´arma´
de miles de colombianos insatisfechos frente a la adquisición de bienes y
servicios.
[3]Abogado pereirano, especialista en Derecho Procesal Civil. Fue
asesor del Congreso de la República, director encargado de la Agencia Nacional
de Defensa Jurídica del Estado. Asumió como viceministro de Justicia en el año
2010 ante el Ministro de Justicia de aquel entonces Germán Vargas Leras. Desde el 2 de octubre de 2012 fue designado como
Superintendente de Industria y Comercio por el Presidente Santos.
[4]
El
negocio de los papeles de aseo supera el billón de pesos al año, de los cuales
el 74% es para el papel higiénico, 11% para las servilletas, 10% para pañuelos
para cara y manos, y el 5% para papel de
cocina.
[5]
Otras áreas de la protección al consumidor son la
Metrología legal y los reglamentos técnicos.
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