martes, 22 de diciembre de 2015

Al salario mínimo en Colombia se lo devora la inflación

Por salario mínimo se entiende la cantidad mínima de dinero que los empleadores deben pagar a un trabajador por sus labores para un determinado período laboral (hora, día o mes)[1].  

Cada país suele establecer las normas legales que regulan el salario mínimo y los mecanismos para determinar periódicamente su monto, generalmente en forma anual. Por ley, en Colombia se denomina Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) y se reajusta antes de iniciar un nuevo año por un valor porcentual que en ningún caso puede ser inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) o inflación causada del año que concluye[2].

De acuerdo con la legislación laboral vigente en el país, todos los empleados de entidades oficiales y empresas privadas que devenguen hasta 2 SMMLV ($1.288.700) y que residan en poblaciones donde se preste el servicio público de transporte, tienen derecho a un subsidio de $73.950 pesos. Igualmente, el trabajador recibe del empleador un salario adicional al año correspondiente a cesantías, que es consignado en un fondo a elección del trabajador y un salario adicional al año llamado Prima de servicios que se paga la mitad en junio y la otra en diciembre. También el trabajador recibe un beneficio de caja de compensación familiar, la cual le ayuda al empleador para adquirir vivienda, salud y para actividades recreativas.

Cortesía

En diciembre de 2014, los empresarios y representantes de organizaciones sindicales no llegaron a ningún acuerdo, ante lo cual el gobierno incrementó el salario mínimo en 4,6% quedando en $644.350 pesos más un subsidio de transporte de $73.950 ($718.300 pesos en total). Sin embargo, debido a la fuerte devaluación del peso frente al dólar, para octubre de 2015 (tomando una tasa US$2.950) el salario mínimo estaba en US$219 dólares, más US$25 dólares del subsidio de transporte, totaliza US$244 dólares.

Esta cifra convierte a Colombia en uno de los países latinoamericanos con menor salario mínimo, después de Brasil (US$236 dólares), México (US$129 dólares), Nicaragua (US$115 dólares) y Cuba (US$23 dólares). Los demás países tienen salarios mínimos por encima del de Colombia, destacándose los casos de Panamá (US$667 dólares), Costa Rica (US$516 dólares), que lo duplican; y Argentina (US$433 dólares), donde es 1,77 veces más alto[3].

Si la comparación la hacemos con países del viejo continente, la diferencia resulta abismal. Un informe del diario El Colombiano resalta que “los trabajadores suizos ganan 17 veces más que un colombiano en ese mismo tipo de sueldo (US$3.416). El salario local de US$194,9 mensuales es tan solo 8,7% del que reciben los empleados en Luxemburgo (US$2.217,6) o 9,4% de la remuneración de los belgas (US$2.056).”[4]

Adicionalmente, debemos recordar que el salario mínimo es muy susceptible al valor de las monedas, que tiene en él una gran influencia. Durante los períodos de devaluación monetaria como la que vive Colombia (estimada entre el 35% y el 40%) el trabajador pierde poder adquisitivo y lo mismo ocurre con los periodos inflacionarios, en gran parte debido a la devaluación que encarece los bienes importados y los insumos agropecuarios (semillas, herbicida y plaguicidas producidos en otros países).

Esa alza en los insumos agropecuarios sumada al fenómeno climatológico de El Niño que afecta las cosechas, se refleja en un fuerte incremento en el precio de los alimentos. De acuerdo con el Dane la inflación de alimentos, acumulada a noviembre, fue de 9,81%, sobresaliendo productos como Frijol (60%), hortalizas (43%) y arroz (23%).

Aunque se supone que los aumentos en el salario mínimo se dan para restablecer el mismo poder adquisitivo de los trabajadores, en la práctica ese poder de compra no se recupera y por el contrario se deteriora cada vez más, por lo menos en Colombia, y particularmente en este año, con unos costos tan altos de los productos de la canasta familiar[5], principalmente de alimentos como acabamos de ver.

Recordemos que el aumento del salario mínimo en el país en 2015, fue de 4,6%, pero ya se lo comió la inflación de los primeros 9 meses, que al cierre de septiembre, se ubicó en 4,7%, según datos del Dane. Eso quiere decir -ni más ni menos- que en septiembre los colombianos que devengan un salario mínimo tenían el mismo poder adquisitivo de diciembre de 2014 y que por tanto, durante el último trimestre -octubre, noviembre y diciembre- ese poder de compra es negativo frente al salario que vienen devengando. Como si fuera poco, la inflación en lo corrido del año a noviembre alcanzó 6,11%[6] y se estima que puede cerrar en el 6.5%.

Empresarios vs centrales obreras
Con ese nivel de inflación y en vista de que el incremento de salario mínimo no puede ser inferior a la inflación causada en 2015, el aumento en la remuneración para unos 3,5 millones de colombianos, no podría ser inferior a ese porcentaje. Es decir, debería subir $41.882,75 para quedar en $686.232,75, con lo cual se compensaría lo que se comió la inflación este año, pero no habría ningún aumento real para el 2016, que desde enero arranca con incontables alzas, que en últimas, deterioran aún más el menguado salario de los colombianos.

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Sin embargo, como de lo que se trata es de ´blindar´ el salario -por lo menos en parte- de las alzas del siguiente año, se tiene en cuenta la inflación proyectada (y otros puntos por productividad), lo que explica la petición de las centrales obreras (12% y 10%) y hace ver como cicatera la propuesta de los empresarios (6.8%), apenas 3 décimas por encima del IPC.

En la reunión formal de la semana pasada, la pretensión de la CUT bajó al 11% y las de las centrales CGT, CTC y CDP descendió al 8.5%, mientras que los gremios económicos sostuvieron su propuesta del 6.8%, pero tras  obtener  mayor información de tipo económico y sugerencias por parte del Gobierno, la aumentaron esta semana al 7%, cifra a la que también pueden bajar las centrales obreras.

Ello quiere decir, que mientras los voceros de los trabajadores apuestan por un aumento del salario mínimo de $54.769 pesos (Para un total mensual de $699.119 pesos), el sector privado ofrece un aumento de $45.104,5 pesos, con lo que el mínimo estaría el año que viene en $689.454,5 pesos. La diferencia -de 1,5 puntos porcentuales- se traduce no solamente en $9.664,5 pesos, sino también en una concepción muy diferente de lo que debe ser el aumento salarial; pues, mientras los centrales obreras abogan por una recuperación del poder adquisitivo, a los gremios esto no parece importarles, olvidando que mayores ingresos se traducen necesariamente en mayor consumo y ahorro, que en últimas es consumo futuro.

Destaca por lo miope la postura de la Asociación Nacional de Instituciones Financieras, ANIF; (El gremio de los  bancos), que en cabeza de su presidente Sergio Clavijo, aseguró que el incremento del salario para 2016 debe ser de 6.5%, es decir, ajustado a la inflación acusada, aduciendo que un aumento ´excesivo´ en el salario, pondría elevar el índice de desempleo en el país, lo cual es ampliamente rebatido por otros economistas.

Un salario mínimo cercano a los $700.000, como lo propone la CGTD, no ocasionará una presión sobre la demanda de bienes y servicios -generando inflación- ya que como analizamos, sus precios subieron este año por los efectos devaluacionistas de la moneda y del fenómeno de El Niño. Por el contrario, le permitirá a colombianos de bajos recursos recuperar (así sea en parte) lo que perdieron por el alza de esos bienes y productos, básicamente alimentos.




[1] Fue establecido por primera vez en Australia y Nueva Zelanda en el siglo XIX.
[2] En 2015, el salario mínimo es de $644.350 por una jornada laboral de 48 horas por semana.
[3]El estudio completo para los países latinoamericanos se encuentra en: http://salariominimo.com.mx/comparativa-salario-minimo-latinoamerica/
[4] Informe del diario El ColombianoEl salario mínimo en Colombia es el 10% del básico en Suiza, Luxemburgo y Bélgica”. Disponible en: http://www.elcolombiano.com/negocios/economia/el-salario-minimo-en-colombia-es-el-10-del-basico-en-suiza-luxemburgo-y-belgica-NY3313960 (Consultado el 19 de diciembre de 2015). 
[5] Quienes devengan un mínimo lo usan básicamente en consumir alimentos, pagar arriendo, vestuario, transporte y educación.
[6] Este nivel de Índice de Precios al Consumidor (IPC) no se veía desde julio de 2008, cuando la inflación cerró en 7,67%.

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